Subvenciones individuales. Convocatoria 2025.

Las solicitudes se podrán tramitar por dos medios, de manera telemática, para ello se debe de tener certificado digital o sistema clave y de manera presencial a través de registro del Ayto. de la localidad donde se resida.
El plazo de presentación es de 15 días hábiles, desde el 30 de mayo al 19 de junio de 2025. Se podrá solicitar una ayuda por cada modalidad.


Las familias que deseen información y ayuda para el tramite, pueden pedir cita a través del teléfono 952528897.


PERSONAS BENEFICIARIAS Personas físicas con discapacidad y vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con una renta per cápita de la unidad económica de convivencia no superior al 1,25 IPREM, que posean resolución de reconocimiento de una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% el último día de presentación de solicitudes, que dispongan de un presupuesto cierto y en el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, se exigirá, además, informe favorable del Centro de valoración y orientación.


OBJETO Facilitar la mayor autonomía posible a las personas con discapacidad, mediante la financiación de algunos de los siguientes conceptos:


A) ADAPTACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR (máximo 750 €)
Esta modalidad tiene que estar afectados por una discapacidad grave, que les impida la utilización de otros medios de transporte y no haber sido beneficiario de la subvención por el mismo concepto durante los tres años anteriores. Si es para poner una rampa en el coche o silla adaptada, se pasa a la modalidad de ayuda técnica.
Documentación especifica aportar: copia del permiso de conducir. Cuando la persona beneficiaria última sea un menor, el permiso de conducir será presentado por el padre, madre o tutor que la represente.


B) ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE PROTESIS Y ORTESIS:
-Auditiva (Máximo 1200 €, 600 € por cada audífono)
-Ocular (Gafas Máximo 400 €)
-Dental (Máximo 600 €). Se necesita prescripción facultativa (del médico de cabecera) que indique su necesidad, en el caso que el presupuesto o factura aportada no fuera emitida por un médico odontólogo colegiado.


C) ADQUISICIÓN, RENOVACIÓN Y REPARACIÓN DE OTROS PRODUCTOS DE APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Máximo de 6.000 €):

Quedan excluidos de estas ayudas los productos que, siendo de semejante o parecida naturaleza, estén incluidos en el vigente catálogo general de ortoprotésica del Servicio Andaluz de Salud. (Salva Escaleras o Plataformas Elevadoras)


D) GASTOS DE DESPLAZAMIENTO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS DE 0 A 6 AÑOS QUE ESTEN RECIBIENDO ATENCIÓN TEMPRANA (Máximo 109 €/mes).


La documentación específica a presentar junto al formulario Anexo I (línea 2) es la siguiente:


1.- DNI/NIE miembros de la unidad familiar.

2.-Declaración de la Renta del último ejercicio y en el caso de no estar obligado a realizarla presentar declaración responsable de ingresos. Este podrá ser sustituido por una autorización de cada uno de los miembros para recabar los datos de la Agencia Tributaria.

3.-Presupuesto o Factura del gasto realizado o a realizar. En caso de prótesis dental debe figurar el número de colegiado del odontólogo.

4.-Certificado de Empadronamiento Colectivo.

5.-Documento acreditativo del reconocimiento de una discapacidad en grado igual o superior al 33%, así como Resolución del Grado de Dependencia.

6.-Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente cuya titularidad corresponda a la persona solicitante y en el caso de minoría de edad, del padre, madre o persona tutora que la represente y Documento de Mantenimiento de Terceros de Hacienda, debidamente cumplimentado y firmado y sellado por la entidad bancaria.

7.- En la modalidad de adaptación del vehículo de motor, copia del permiso de conducir. Cuando la persona beneficiaria última de esta ayuda sea un o una menor de edad, el permiso de conducir será presentado, en su caso, por el padre, la madre, la pareja de hecho de cualquiera de los progenitores, o la persona que legalmente lo represente.

8.-En su caso, fotocopia de la tarjeta de familia numerosa o autorización al órgano gestor para su consulta.

9.- En su caso, Informe de la Trabajadora Social del ayuntamiento indicando la situación de exclusión social de la misma, cuando se valoren dichas circunstancias en los criterios de valoración.

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